sábado, 23 de septiembre de 2017

Un sistema de garantías de los Derechos de la Niñez ¿Estamos al debe?

Hace un tiempo atrás escribí sobre la institucionalidad de la "Defensoría de los Derechos del Niño". Así mismo, empece a averiguar mas de esto y pensé lo siguiente, se crean instituciones, se colocan recursos para una mejor gestión de los actores relevantes en los procesos jurídicos administrativos. ¿Que pasa con los derechos de menores y su ejercicio?. Para esto había que investigar mas allá y aunque en el 2017 ya llevamos 27 años sobre nuestra incorporación a la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño (año 1989), donde el Estado asume que debería adoptar las medidas administrativas, legislativas y de otra índole, dándole efectividad a los derechos que son reconocidos por este acuerdo internacional.


Sobre la protección integral de la niñez: es un sistema de tutela para aquellos menores en una situación de vulneraciones graves en sus derechos, estableciendo políticas de protección de garantías y el libre ejercicio de estas. Se empieza con la prevención y alerta temprana desde los colegios hasta en instituciones reconocidas como OPD, Sename, Tribunales de Familia y otros.

Durante el año 2015 se interpuso un proyecto de ley denominado como Sistema de Garantías de los Derechos de la Niñez, este proyecto abarcaba varios temas pendientes.

Visualización en general de los proyectos relacionados con garantías de Niños, Niñas y Adolescentes.


Dentro de este proyecto sus objetivos son:
1.- Tratarse de una ley de garantías: Incorporar en el Derecho interno un sistema proteja integralmente los derechos de los niños reconocidos en la Constitución Política de la República, en la Convención, en los demás tratados internacionales que hayan sido ratificados por Chile que se encuentren vigentes, y en las demás leyes.

2.- Servicios y prestaciones sociales: primero genera un sistema protección que propende a asegurar el goce de sus derechos a los niños (políticas sociales.) y segundo la  existencia de prestaciones especializadas (reparación o restitución de derechos).
3.- Ley marco de garantías: Ley que tenga las bases generales del sistema de garantías de los derechos de la niñez. 
4.- Establecimiento del sistema de garantías de los derechos: Generar una ley marco es congruente con la respuesta pública sistémica que debe adoptarse frente a los problemas de la infancia. 
5.- Sistema Institucional.
6.- Adopción de medidas de protección: El proyecto habilita al Ministerio de Desarrollo Social para adoptar las medidas de protección respecto niños que han sufrido limitación o privación de sus derechos.
7.- Política Nacional de la Niñez: El sistema establecido en el proyecto se basa en una Política Nacional de la Niñez comprensiva e integrada, destinada a asegurar el pleno desarrollo de todos los niños.
8.- Ajustes de Normas a partir de este proyecto:  Genera la necesidad de dictar o ajustar algunas leyes. 

El proyecto de ley contempla 49 artículos de los cuales desde el articulo 6° hasta el articulo 24° refuerza lo correspondiente de los derechos, deberes y libertades de los niños, niñas y adolescentes. Lo cual es importante para justificar las medidas de protección o iniciar un procedimiento en un juicio para garantizar los derechos de NNA.
Del articulo 25° en adelante se habla del sistema de protección administrativa y judicial, de esto hablare sobre la instancia de la campaña "no me preguntes mas" y sobre la aplicación de la Sala Gessel.


Para mayor información, sobre todo la revisión de los artículos, dejo el link del proyecto de ley boletín N° 10315-18, pinche aquí

Para Material resumen del proyecto de ley presentado por el gobierno pinche aquí.


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