Acta 54 - 2014 de la Excma. Corte Suprema
Con fecha 23 de Abril del año 2014 (Meses antes de presentar el Proyecto de Tramitación Electrónica.) la Corte Suprema elabora el auto acordado que regula la Tramitación Electrónica en los Tribunales con Competencia Civil.
Sin embargo a los puntos expuestos de esta Acta con fecha 01 de Julio del año 2015 y a las constantes dudas se genera un Acta modificatoria para aclarar ciertos puntos.
Contenido del Acta 54-2014 de la Excma. Corte Suprema.
1.- Respecto a la documentación que viene firmado electrónicamente (FEA), tiene el mismo valor que los escritos en papel debido a su sello de autenticidad.
2.- Incentiva el ingreso de escritos mediante portal web habilitado para ello.
3.- Los exhortos serán enviados vía sistema de interconexión.
4.- Los receptores en el caso de sus actuaciones deben constar en el sistema, en el cual será mas control para ellos porque deben enrolarse.
Mejoras al Sistema de Tramitación Civil.
5. Mayor seguridad que el expediente físico.
6. Más facilidad de acceso al expediente y mejoras en cuanto a las notificaciones.
7. Permite la implementación de otros proyectos del Poder Judicial.
Reforma Procesal
Civil.
Avance de la Ley de Tramitación Digital Boletín 9514-07.
Actualmente este proyecto está en la segunda etapa Constitucional en la Camara de Diputados.
El Senado aprobó con fecha 11 de Agosto del 2015, en el cual fue aprobado por unanimidad (24 Votos). a un año de entrada a tramitación de este proyecto.
Es necesario destacar que este Proyecto ingreso a tramitación el día 19 de Agosto del año 2014.
La referida Acta contiene los siguientes puntos a tratar:
1.- Registro de toda actuación al Sistema de Tramitación Civil (SITCI).
2.- Por el momento la tramitación electrónica solo se aplicará al procedimiento ejecutivo y gestiones preparatorias.
3.- En el caso de otros procedimientos se mantendra el expediente físico.
Con la implementación del Acta 54-2014 de la Excma. Corte Suprema, se ingresaron las siguientes mejoras:
1.- Los escritos proveidos y firmados por el Secretario y el Magistrado tiene incorporada Firma Electrónica Avanzada.
Como idea principal es que estos documentos tendrán la firma digital tanto del Magistrado como la del Secretario, esto es equivalente a un documento escrito y con sus respectivos timbres.
Adicional pueden ser corroborados en la misma pagina del Poder Judicial, mediante un código que será presentado en el documento.
2.- Como mejora para los abogados y la simplicidad de los documentos, se lanza el funcionamiento de Portal Web para ingresos de Demandas y Escritos.
Con fecha 23 de Abril del año 2014 (Meses antes de presentar el Proyecto de Tramitación Electrónica.) la Corte Suprema elabora el auto acordado que regula la Tramitación Electrónica en los Tribunales con Competencia Civil.
Sin embargo a los puntos expuestos de esta Acta con fecha 01 de Julio del año 2015 y a las constantes dudas se genera un Acta modificatoria para aclarar ciertos puntos.
Contenido del Acta 54-2014 de la Excma. Corte Suprema.
1.- Respecto a la documentación que viene firmado electrónicamente (FEA), tiene el mismo valor que los escritos en papel debido a su sello de autenticidad.
2.- Incentiva el ingreso de escritos mediante portal web habilitado para ello.
3.- Los exhortos serán enviados vía sistema de interconexión.
4.- Los receptores en el caso de sus actuaciones deben constar en el sistema, en el cual será mas control para ellos porque deben enrolarse.
Mejoras al Sistema de Tramitación Civil.
5. Mayor seguridad que el expediente físico.
6. Más facilidad de acceso al expediente y mejoras en cuanto a las notificaciones.
7. Permite la implementación de otros proyectos del Poder Judicial.
Reforma Procesal
Civil.
Avance de la Ley de Tramitación Digital Boletín 9514-07.
Actualmente este proyecto está en la segunda etapa Constitucional en la Camara de Diputados.
El Senado aprobó con fecha 11 de Agosto del 2015, en el cual fue aprobado por unanimidad (24 Votos). a un año de entrada a tramitación de este proyecto.
Es necesario destacar que este Proyecto ingreso a tramitación el día 19 de Agosto del año 2014.
La referida Acta contiene los siguientes puntos a tratar:
1.- Registro de toda actuación al Sistema de Tramitación Civil (SITCI).
2.- Por el momento la tramitación electrónica solo se aplicará al procedimiento ejecutivo y gestiones preparatorias.
3.- En el caso de otros procedimientos se mantendra el expediente físico.
Con la implementación del Acta 54-2014 de la Excma. Corte Suprema, se ingresaron las siguientes mejoras:
1.- Los escritos proveidos y firmados por el Secretario y el Magistrado tiene incorporada Firma Electrónica Avanzada.
Como idea principal es que estos documentos tendrán la firma digital tanto del Magistrado como la del Secretario, esto es equivalente a un documento escrito y con sus respectivos timbres.
Adicional pueden ser corroborados en la misma pagina del Poder Judicial, mediante un código que será presentado en el documento.
2.- Como mejora para los abogados y la simplicidad de los documentos, se lanza el funcionamiento de Portal Web para ingresos de Demandas y Escritos.
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