sábado, 22 de abril de 2017

La visión de la Ley de Tramitación Electrónica o Digital

Objetivo de la Ley y su historia.

La Ley de tramitación electrónica o conocida como LTE o Ley 20.886, fue publicada el 14 de diciembre de 2015. En la cual durante el año 2016 se aplico a nivel nacional las modificaciones a los sistemas y la creación de la Oficina Judicial Virtual.
Teniendo como objetivo tener procedimientos modernizados y garantizar acceso a la justicia a todos los ciudadanos siendo económico y eficiente.


Oficina Judicial Virtual (OJV)
La OJV es una plataforma creada por el Poder Judicial, con el fin de que toda presentación que requiera los abogados, partes e intervinientes puedan ingresar demandas, escritos u otros.
Esta plataforma opera con verificación de clave única, obtenida mediante Registro Civil.


Requisitos para uso de Oficina Judicial Virtual
  • Tener Clave Única
  • Internet explorer 7 en adelante, firefox o google chrome.
  • Documentos escaneados o generados en formato word o pdf. que no pesen mas de 6 MB
  • datos de la causa y claridad en el proceso al presentar alguna documentación.
  • presentara por sí mismo o procurando.

Requisitos de tramitación

  • idealmente si subirán demanda, se requiere todo el conjunto en un pdf, sino se ingresa como acompaña documentos en caso de faltar alguno de ellos
  • tener clara la SUMA, ya que es primordial para la tramitación efectuada por el proveedor
  • al subir escritos determinar la competencia, tribunal y causa a la cual deben ingresar.
  • se recomienda el uso de google chrome. Así mismo borrar los archivos temporales y cookies para evitar futuros problemas.

¿Como funciona en los Tribunales?


Actualmente la Ley modifica la tramitación en los tribunales de justicia no reformados (juzgados de Letras o Civiles). Optando al expediente virtual y evitando las presentaciones físicas en el tribunal.
Adicional, contribuye a la tramitación disminuyendo tiempos de trabajo y mejorando la gestión de los abogados o procuradores que tramitan en tribunales.
Tips a considerar

  • Para civil: recordar que los funcionarios tramitadores proveerán la causa dependiendo del horario de ingreso de la misma, ejemplo si se ingresa antes de las 2 pm se proveerá el mismo día, posterior a ese horario se provee al día siguiente o dentro de 48 horas.
  • Sobre la forma de patrocinio y poder, se puede realizar mediante un mandato que contenga firma electrónica avanzada. o el propio abogado la tenga. 
  • En el caso de ingresar una demanda sin tener claridad a que tribunal ingresar, elegir siempre el primero. Ya que sera el encargado de distribuir a los demás tribunales.
  • Actualmente, en el ingreso de demandas en penal se tiene un listado en caso de ciertos delitos deben buscar el libro en el cual se contenga, ejemplo titulo IV sobre los delitos económicos.
  • En caso de causas de familia, los tribunales de familia pueden tener acceso a revisar las libretas aperturadas para el deposito de la pensión de alimentos. Para esto se solicita mediante un escrito esta revisión, para una futura liquidación.
  • En la presentación de documentos a custodiar, el propio sistema otorga una opción en la cual puede seleccionarse como documento principal.
  • Se puede obtener ciertos documentos como mandamientos u escrituras públicas con firma electrónica avanzada, mediante un notario que otorgue el documento en formato PDF.
  • Las notificaciones personales deben realizarse mediante la aplicación de receptores utilizando su georeferenciación, sino se utiliza se puede anular el procedimiento por falta de notificación.
  • la verificación de documentos se realiza revisando el código de barras o código incorporado en la pagina del poder judicial.



Links Informativos
https://oficinajudicialvirtual.pjud.cl/
http://www.tramitacionelectronica.cl/ley-num-20-886/
http://www.tramitacionelectronica.cl/autoacordado/
http://www.tramitacionelectronica.cl/autoacordado-n13-2017/
http://www.tramitacionelectronica.cl/auto-acordado-71-2016/
http://www.tramitacionelectronica.cl/ley-de-2002/

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